
En virtud de la denuncia presentada por Laura Patricia Núñez referida a presuntas irregularidades en el traslado de credenciales cívicas hacia el Municipio de Mataojo, la Junta Electoral de Salto informó a la población mediante una misiva la “total transparencia” sobre las actuaciones realizadas y dio a conocer la resolución adoptada en relación al planteo realizado por la candidata a alcaldesa. La denuncia alegaba maniobras que habrían consistido en promover traslados de credenciales de manera irregular, argumentando que los ciudadanos trasladados no residirían de forma habitual en el municipio de destino, y que dicha acción podría configurar una afectación al sistema democrático. Asimismo, la denunciante solicitaba, entre otras medidas, la entrega de un padrón electoral actualizado y la realización de una investigación administrativa sobre casos puntuales.
RESOLUCIÓN
Tras un análisis exhaustivo por parte de la Junta Electoral, se concluyó lo siguiente:
-Sobre los traslados de credenciales: La normativa vigente (Ley N° 7.690, artículos 112 y 78) establece que los traslados de credenciales constituyen un derecho civil que puede ser ejercido de forma voluntaria por los ciudadanos, sin que se exija la presentación de constancias de domicilio como requisito. En este sentido, los traslados realizados bajo dichos términos no configuran irregularidades.
-Sobre las alegaciones de fraude o manipulación electoral: La Junta Electoral reafirma su compromiso con la transparencia y ajustada aplicación de la Ley en todos los procesos electorales. Las denuncias relativas a supuestas irregularidades y fraude deben sustentarse en pruebas contundentes, las cuales no fueron presentadas en este caso.
-Sobre la solicitud de un padrón actualizado: Se aclara que los padrones electorales oficiales fueron proporcionados oportunamente a las fuerzas políticas participantes del proceso electoral del 11 de mayo de 2025, y dicha información es de acceso público en los términos establecidos por la normativa. La solicitud de reiterar el padrón fue considerada improcedente y extemporánea.
-Sobre la investigación administrativa solicitada: La denuncia no aportó elementos probatorios suficientes que ameriten la apertura de una investigación vinculada a casos específicos, en concordancia con el principio de legalidad.
Ante esta situación, la Junta Electoral resolvió no hacer lugar a la denuncia presentada, por carecer de sustento probatorio y fundamento legal. Rechazar las solicitudes complementarias, como la entrega de nuevos padrones e investigaciones específicas, por resultar improcedentes y extemporáneas. Declarar el archivo de las actuaciones en relación a este caso, sin perjuicio de lo que la normativa disponga.