domingo 8 de junio, 2025
  • 8 am

Hubo 6 condenados por hurtos, rapiña y violación de domicilio

Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de de Cuarto Turno de Salto, condenó a R.R.R, como autor responsable de un delito de violación de domicilio especialmente agravado y dos delitos de daño, uno de ellos especialmente agravado en reiteración real a la pena de 3 (tres) años de penitenciaria efectiva, con descuento de la preventiva sufrida.
POR RAPIÑA
Por otro lado el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, por Decreto del día de la fecha dispuso: De acuerdo a lo solicitado por fiscalía y la no oposición de la defensa, se hace lugar a las medidas cautelares respecto de J.A.F.G. se dispone: Fijar domicilio ante la sede y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al tribunal, prohibición de comunicarse y acercarse en un radio de 200 metros, a la persona y domicilio del denunciante. Todo por el término de ciento ochenta días, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desacato.
HURTO Y VIOLACIÓN DE DOMICILIO
El Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, condenó a B.R.M.P., como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado y un delito de violación de domicilio en régimen de reiteración real a la pena de catorce (14) meses de prisión con descuento del tiempo de mención sufrido.
POR HURTO
El mismo juzgado, condenó a C.M.E.L como autor penalmente responsable de la comisión de tres delitos de hurto uno de ellos especialmente agravado, todos en régimen de reiteración real, a la pena de catorce (14) meses de prisión y siendo a su cargo las restantes accesorias legales de rigor lit e art. 105 CP).
POR ROBO
Por decreto del día de ayer se dispuso -de acuerdo a lo solicitado por fiscalía y la no oposición de la defensa- las medidas cautelares según lo previsto en el art. 222 del C.P.P. se dispone respecto de I.F.F. Fijar domicilio ante la sede y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al tribunal. prohibición de acercarse a 100 metros del comercio local comercial, sito en Avda. Apolón, entre calles Osimani y Llerena y Avda. Líber Seregni. Todo por el término de ciento ochenta días, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desacato.
VIOLACIÓN DE DOMICILIOS
Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, condeno a H.J.R.O., como autor responsable de reiterados delitos de Violación de domicilio especialmente agravados en concurrencia fuera de la reiteración con reiterados delitos de Hurto especialmente agravados en reiteración real a la pena de 17 (diecisiete) meses de prisión efectiva.