
El Banco de Previsión Social (BPS), informó un cambio en los plazos para aquellos que deben acreditar la fe de vida. La fe de vida es la constancia de que la persona está viva, que es solicitada a quienes residen fuera del país y perciban pasividades del BPS. Para quienes realizaron el trámite antes del 1° de julio, la acreditación conservará la validez hasta su vencimiento. A partir de julio de 2025, el Banco de Previsión Social modificó la vigencia para acreditar la fe de vida para uruguayos que están en el exterior y cobran prestaciones. El objetivo principal es poder brindar mayor comodidad, autonomía y tranquilidad, a través de lo que se percibe como “simplificar la gestión”.
NUEVAS VIGENCIAS
-Reconocimiento facial (biometría): se amplía de 30 a 90 días.
-Documentación física: se reduce de 90 a 60 días.
-Presencial: se mantiene en 90 días.
De momento, la opción de realizar el trámite de esta manera está disponible para aquellos que cuenten con cédula de identidad uruguaya, documento de identidad argentino o español. Dicho documento debe coincidir con el relacionado al pago de la prestación. Al culminar el trámite, obtienen una constancia en línea que confirma la realización de la gestión e informa la próxima fecha de vigencia.
REQUISITOS
-La fe de vida se puede gestionar por diferentes vías:
-Por reconocimiento facial (biometría): desde un dispositivo con cámara, accediendo al servicio en línea
-Por certificado: acercarse a un consulado cercano o presentarse ante las autoridades locales (seccionales policiales, juzgados, etc.) del país de residencia.