domingo 19 de mayo, 2024
  • 8 am

Elaboran proyecto de ley que asegura el derecho a defensa del denunciado por violencia de género

Por Andrés Torterola.
El proyecto “corresponsabilidad en la crianza” prevé que ambos padres deben hacerse cargo de los deberes de la patria potestad, éstos no pueden cesar cuando los padres se separan. La corresponsabilidad asegura la protección del interés superior de los niños, niñas y adolescentes, y su derecho a continuar la cotidianeidad de la vida con ambos padres, así como compartir la responsabilidad y cargas inherentes por parte de ambos progenitores y que no recaiga exclusiva o predominantemente sobre uno de ellos.
TENENCIA ALTERNA
Una de las impulsoras del proyecto, la senadora del Partido Nacional, Carmen Aisaín, dijo a CAMBIO que cuando se produce un divorcio éste no es con los niños, cuando los padres están de acuerdo no interfiere la ley, ni el juez, pero cuando los padres no se ponen de acuerdo y recurren a la Justicia el proyecto implica que los magistrados tengan como alternativa prioritaria la tenencia alterna, es decir que los menores tengan una convivencia con ambos progenitores en una solución que cada juez junto a las partes lo adecuará en caso concreto. De acuerdo a los recientes estudios de sicología lo más conveniente para los niños es la tenencia alterna, eso está pensado para situaciones de normalidad, pero dentro de ese esquema hay que prever qué pasa en contextos de controversia cuando hay denuncias. Tangencialmente el proyecto dice que se mantienen todas las potestades del juez, para la aplicación de las medidas cautelares.
PRESERVAR EL PRINCIPIO DE INOCENCIA
El proyecto está pensado para resolver un problema que en la práctica se está dando y es que hay una tendencia que en situaciones de separación se le proporciona la tenencia a la madre, que se queda toda la semana con el hijo, pero también con todas las cargas que suponen el mantenimiento del niño, y el padre queda nada más que con una visita semanal y no se involucra en la vida cotidiana de los menores. Al ser consultada sobre situaciones donde hay denuncia sobre violencia de género y el juez separa al agresor e inmediatamente e inmediatamente le colocan una tobillera sin previa investigación, en ese sentido Asiaín dijo que también en esa situación quisieron incidir por ese motivo compareció UNICEF Uruguay, la institución recalcó que en esos casos de denuncia se debía priorizar la protección del menor, entonces surge la interrogante sobre las garantías del debido proceso y la preservación del principio de inocencia. Unicef dijo que se ha de conciliar la protección del interés de los menores con las garantías del debido proceso que es inherente al estado de derecho. Asiaín expresó que existen algunas ONGs o asociaciones de la sociedad civil que se han opuesto, sobre el punto de la violencia de manera incomprensible, la idea es reforzar la protección del menor, incluso en el proyecto se prevé un refuerzo de la figura del defensor de los menores, con más potestades y obligaciones, con una actuación en todo el juicio con el mismo estatus que las partes, es bastante incompresible la actitud de las integrantes de esas asociaciones civiles.
UNA SOLUCIÓN
Este proyecto se presenta desde el Partido Nacional y Cabildo Abierto, por ese motivo el Frente Amplio ya anunció que no lo votará. La intención es mejorar la situación de los niños, sin desconocer el debido proceso que es inherente al Estado de derecho. La senadora expresó que cuando compareció a la Comisión la Asociación de Magistrados, elogió el proyecto, realizó algunas sugerencias de modificación que fueron recogidas en un texto que están reformulando, pero se hizo hincapié que solucionaba el problema de que una denuncia por teléfono ya implicaba 180 días de orden de restricción del padre que era denunciado, tobillera y una serie de medidas sin que se hubiera aportado una mínima prueba sin darle al acusado la posibilidad de defenderse, eso parece de regímenes totalitarios, por ese motivo el representante de la Asociación de Magistrados elogió este proyecto.
DENUNCIAS TELEFÓNICAS Y SIN PRUEBAS
El Dr. Eduardo Cavallien- en representación de la Asociación de Magistrados- manifiesta preocupación por las medidas provisorias que se toman por denuncias de la Ley 19.580 (Violencia de género), que luego se mantienen en tiempo sin haber sustanciado el debido proceso correspondiente. Refiere que a veces con una denuncia telefónica, sin prueba y sin oportunidad de defensa del denunciado, se adoptan medidas de restricción de ver a los hijos por seis meses. Hizo referencia al caso de un padre joven que acordó tenencia compartida de los hijos de su primera pareja, todo bien, y su segunda pareja lo denunció sin pruebas y pasó 180 días sin ver a su hijo de 2 años.
PROCESO SUMARÍSIMO DE VISITAS
El proyecto indica que, en el caso de dictaminar medidas cautelares, se establece que toda vez que sea posible, a juicio del Tribunal y atendiendo al interés superiordel niño, se habiliten las visitas en las modalidades que garanticen su integridad, que las visitas sean en lugares públicos, en presencia de familiares del niño, niña o adolescente, en reparticiones estatales adecuadas.
También crea un proceso sumarísimo de visitas, para poder establecer visitas provisorias una vez producida la separación. Esto viene a solucionar el problema que se genera una vez producida la separación, en donde uno de los padres debe quedar a la espera de la sentencia del juez para acceder a las visitas, sin poder acceder a su hijo durante ese período de tiempo.
INTERÉS DEL NIÑO
Una cita de UNICEF España dice: “Compartir las responsabilidades parentales [en caso de separación] redunda generalmente en el interés superior del niño. Aun así, el único criterio sobre las responsabilidades parentales debe ser cuál es el interés superior de cada niño en particular. Es contrario a ese interés que la ley otorgue las responsabilidades parentales a cualquiera de los padres, o a ambos, de forma automática. En la evaluación del interés superior del niño, el juez debe tener en consideración el derecho del niño a mantener relación con ambos padres junto con los otros elementos relevantes en cada caso”.