viernes 3 de mayo, 2024
  • 8 am

Seis personas condenadas tras distintos delitos de abigeato en establecimientos rurales

Pueblo Fernández
En el mes de Junio, Brigada Departamental de Seguridad Rural, recibe una denuncia donde el propietario de un establecimiento ubicado en zona de Pueblo Fernández manifestó que en el mes de Noviembre del año pasado encontró dentro de sus campos dos masculinos conocidos de la zona con un perro tamaño mediano, en horas de la noche cuando él realizaba recorridas en la majada de cría por zorros y perros dañinos, uno de los masculinos llevaba en una bolsa de arpillera blanca tipo maleta una oveja carneada, cuando le pregunto lo que hacían, le respondieron que no pensaban que él iba andar a esas horas en el campo, y al preguntarle de dónde sacaron esa oveja los mismos le manifestaron que era una oveja de su propiedad que le habían carneado, para no tener problemas le dio una media red del animal y se llevo la otra, y les dijo que no vuelvan más. Anteriormente le habían faltado ovejas pero pensó que la falta se debió a otras razones. Agrega que denuncia porque las ovejas nuevamente están en el campo y la majada está pariendo, no desea que le suceda lo mismo nuevamente.- De acuerdo a lo denunciado, a la colección y análisis de información, se detuvo a dos masculinos mayores de edad posibles autores del hecho. Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, se condeno a L.A.O.F y J.M.A como autores responsables de un delito de Abigeato a la pena de 16 (dieciséis) y 20 (veinte) meses de prisión.
Ruta 31
En el mes de Julio, Brigada Departamental de Seguridad Rural, recibe una denuncia donde el propietario de un establecimiento ubicado en Ruta 31 kilómetro 74.500 manifestó que en momentos que recorría el campo noto que personas extrañas le habían carneado dos ovejas.- Mediante colección y análisis de información, averiguaciones con testigos y órdenes de allanamiento, personal de la Brigada Departamental de Seguridad Rural logra detener a dos masculinos mayores de edad los cuales no estarían ajenos al hecho. Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, se dispuso «admítase la acusación, condenándose a A.J.S.T y A.J.A.L como autores penalmente responsables de un delito de abigeato a la pena de dieciocho (18) meses de prisión.
Paso Herrería
El día 20 de Setiembre, personal de la Brigada Departamental de Seguridad Rural, mientras transitaban por zonas de Paso Herrería de este a oeste se divisa dos motos los cuales al ver el móvil Policial con intermitentes y sirena se le da la vos de alto una de las motos para la marcha, la cual es conducida por un masculino mayor de edad llevando como acompañante un masculino menor de edad, al revisarlos los mismos estarían con las manos sucias de sangre al preguntarle de que estaban sucias las manos manifestaron que habían carneado un borrego en un campo cerca de la calle a unos cien metros de donde se los detuvo los cuales llevaron a esta Policía hasta donde estaba el cuero y las achuras del animal, realizándose relevamiento fotográfico, la segunda moto se da a la fuga y a unos doscientos metros logran que se detengan, conducida por un masculino mayor de edad llevando como acompañante un menor de edad, el cual transportaba una mochila color negra grande la cual se podía apreciar que llevaba sobre saliendo carne al revistar la misma dentro llevaba un borrego carneado también transportaban, 2 cuchillos 1) Tramontina de unos 20 cm de hoja y otro marca Cascabel de unos 20 cm dentro con los cuales habían faenado el borrego, enterado el Sr. Fiscal de Primer Turno de Salto Dispuso “ubicar un mayor responsable de los dos menores, incautación de la carne, de las dos motos y del cuero con su respectivo relevamiento fotográfico”. Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, se condenó a: L.L.C.R y S.S.C:R como autores de una infracción grave a la ley penal calificada como un delito de Abigeato a la pena de 12 (doce) meses.