martes 7 de mayo, 2024
  • 8 am

DOMINGO 14 DE NOVIEMBRE: ELECCIONESLEGISLATIVAS EN EL CONSULADO ARGENTINO

El Consulado de la República Argentina informa a la colonia de argentinos residentes en las ciudades de Salto, Rivera y Artigas que el próximo domingo 14 de noviembre se celebrarán en el exterior las elecciones legislativas a nivel nacional en las que se renovará la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio del Senado. Por ello, el Consulado permanecerá abierto de 8 a 18 para que puedan emitir su voto los ciudadanos argentinos, mayores de 16 años que tengan asentado en el DNI el domicilio en los departamentos de Salto, Artigas o Rivera y, además, figuren en el padrón definitivo (www.padron.gov.ar) dentro del distrito «Argentinos en el Exterior». El voto emitido en el exterior se adjudica al distrito correspondiente al último domicilio acreditado en la República y no es obligatorio.
¿COMO VOTAR DESDE EL EXTERIOR?
Cuándo: Domingo 14 de noviembre entre las 8:00 y las 18:00 hs. Dónde: Artigas 1162. Si ud. aparece en el padrón para emitir su voto en la Argentina, no podrá votar en el Consulado, pero deberá acercarse a justificar la no emisión del voto. ¿Qué documento debo presentar para poder ejercer el voto?
Deberá presentarse con su DNI argentino. Son válidos tanto el nuevo DNI tarjeta como el DNI libreta celeste, la tarjeta del DNI libreta celeste que contiene la leyenda “No válido para votar”, el DNI libreta verde, la libreta de enrolamiento y la libreta cívica. No podrá votar con pasaporte o cédula uruguaya.
Si aparezco en el padrón para votar en Argentina, ¿cómo justifico la no emisión del voto? Si no realizó el cambio de domicilio en el exterior y se encuentra en el exterior el día de los comicios tiene que justificar la no emisión de voto dentro de los 60 días desde la elección. Verifique información para hacer este trámite de manera online en la página oficial del Consulado: https://cslto.cancilleria.gob.ar)
IMPORTANTE: Sólo podrán votar aquellos electores que figuren en el padrón de este Consulado. El resto de los ciudadanos argentinos debe justificar la no emisión del voto. Ni las autoridades de mesa ni el personal del Consulado pueden incluir a un elector que no figura en el padrón.